EL ESTABLECIMIENTO PERMANENTE ##plugins.themes.bootstrap3.article.sidebar## Sin título Publicado ago 23, 2019 ##plugins.themes.bootstrap3.article.main## Juan Albornoz Robertson Universidad Austral de Chile Resumen La institución de los establecimientos permanentes pertenece al ámbito del derecho tributario internacional y está directamente relacionada con lo que se denomina la doble tributación inter-nacional. Una entidad no residente en un Estado opera mediante establecimiento permanente cuando dispone en dicho Estado, de forma continuada o habitual, instalaciones o lugares de trabajo de cualquier índole, en los cuales realice todo o parte de su actividad o actúe en él por medio de un agente autorizado para contratar en nombre y por cuenta del contribuyente. Se con-sideran renta imputable al establecimiento permanente los rendimientos de actividades económi-cas desarrolladas por el mismo, aquellos otros rendimientos que deriven de elementos patrimo-niales afectos a la actividad y las ganancias o incrementos derivados de elementos patrimoniales vinculados funcionalmente al establecimiento. Por lo tanto, estas bases fijas en territorio de otro Estado se gravan casi de la misma manera que las entidades residentes. ##plugins.themes.bootstrap3.article.details## Número Vol. 11 Núm. 1 (2000) Sección Investigaciones Cómo citar Albornoz Robertson, J. (2019). EL ESTABLECIMIENTO PERMANENTE. Revista De Derecho (Valdivia), 11(1). Recuperado a partir de https://revistaderechovaldivia.cl/index.php/revde/article/view/918 Formatos de citación ACM ACS APA ABNT Chicago Harvard IEEE MLA Turabian Vancouver estadisticas Descargas La descarga de datos todavía no está disponible.