¿Cómo se controla la infracción constitucional originada en el no sometimiento de un tratado a la aprobación del Congreso Nacional? ##plugins.themes.bootstrap3.article.sidebar## PDF Publicado ene 16, 2019 ##plugins.themes.bootstrap3.article.main## Miriam Lorena Henríquez Viñas Universidad Alberto Hurtado Resumen El presente trabajo analiza el caso en que el Presidente de la República califica un tratado como uno de aquellos que no versa sobre materias propias de ley, en circunstancias que sí las trata, y lo tramita en el ejercicio de su potestad reglamentaria autónoma y no lo somete a la aprobación del Congreso Nacional. Así, busca establecer cómo se controla y corrige dicha infracción constitucional por el Tribunal Constitucional y la Contraloría General de la República. Palabras clave Tratados internacionales potestad reglamentaria autónoma control de constitucionalidad ##plugins.themes.bootstrap3.article.details## Número Vol. 29 Núm. 1 (2016) Sección Investigaciones Cómo citar Henríquez Viñas, M. (2019). ¿Cómo se controla la infracción constitucional originada en el no sometimiento de un tratado a la aprobación del Congreso Nacional?. Revista De Derecho (Valdivia), 29(1). Recuperado a partir de https://revistaderechovaldivia.cl/index.php/revde/article/view/325 Formatos de citación ACM ACS APA ABNT Chicago Harvard IEEE MLA Turabian Vancouver estadisticas Descargas La descarga de datos todavía no está disponible.