La falta injustificada o sin aviso previo del trabajador que perturba gravamente la marcha de la empresa

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Pedro Irureta Uriarte

Resumen

En el contexto de la extinción disciplinaria del contrato de trabajo, el legislador chileno ha regulado un tipo especial de abandono consistente en faltar sin aviso previo o injustificadamente
a las labores, siempre que el trabajador tuviese a su cargo una actividad, faena o máquina relevante dentro de la empresa. Si ese abandono o inasistencia provoca una perturbación grave
para el empleador, entonces el Código del Trabajo entiende que este se encuentra facultado para extinguir el contrato. Se trata de una figura de falta o abandono transitorio, que requiere de
efectos perjudiciales graves, y que está construida para aquel infractor que no tiene reemplazante.

Palabras clave:

Abandono, inasistencia, término del contrato

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Detalles del artículo


La falta injustificada o sin aviso previo del trabajador que perturba gravamente la marcha de la empresa. (2019). Revista De Derecho (Valdivia), 29(1). https://revistaderechovaldivia.cl/index.php/revde/article/view/321